Dirección de Asesoría Jurídica

Carmen Pérez Directora de Asesoría Juridica del Consejo Legislativo del Estado Guárico

Artículo 70: La Dirección de Asesoría Jurídica, adscrita a la Presidencia se encargará de asesorar y evaluar las consultas de carácter jurídico formuladas por el Presidente o Presidenta del Consejo Legislativo, la Cámara Legislativa, las Comisiones, los Legisladores y Legisladoras, las Direcciones y demás unidades y dependencias del Consejo Legislativo del Estado Guárico. Corresponde a la Dirección de Asesoría Jurídica las siguientes atribuciones y funciones:

  1. 1. Asumir la representación legal del Consejo Legislativo, en caso de demandas ante los tribunales competentes.
  2. 2. Planificar, dirigir y asesorar proyectos relacionados con la materia jurídica bajo delegación directa del Presidente del Consejo Legislativo del Estado Guárico.
  3. 3. Asesorar al Consejo Legislativo sobre los proyectos de reformas, leyes, decretos o nuevas legislaciones que le sean remitidos por el Consejo Legislativo, la Junta Directiva o el Presidente o Presidenta del Consejo Legislativo.
  4. 4. Elaborar notas, informes, estudios o dictámenes por solicitud del Presidente o Presidenta del Consejo Legislativo, por acuerdo de la Junta Directiva, de la Comisión Delegada o de cualquiera de las comisiones.
  5. 5. Cooperar con la Dirección de Investigación y Desarrollo Legislativo en la realización de estudios y proyectos que requieran su participación.
  6. 6. Redactar, elaborar y revisar documentos, convenios, contratos y cualquier otro instrumento legal que haya de ser suscrito por el Consejo Legislativo.
  7. 7. Evacuar las consultas y asesorar en los aspectos que sean sometidos a su consideración por la Dirección General de Administración y Servicios.
  8. 8. Las demás que le correspondan de acuerdo a la ley o le sean atribuidas por el Consejo Legislativo, la Junta Directiva y el Presidente o Presidenta del Consejo Legislativo.

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