Nombre: Richard
Apellido: Cedeño
Asistente: Jackeline Cabrera
Correo Electrónico:
Artículo 75: La Dirección de Comunicación y Relaciones Institucionales, adscrita a la Presidencia se encargará de planificar, coordinar, organizar, dirigir y ejecutar las políticas, planes y acciones informativas y publicitarias, así como las relaciones institucionales y con los medios, y el ceremonial protocolar interno. Corresponde a la Dirección de Comunicación y Relaciones Institucionales las siguientes atribuciones y funciones:
- 1. Sostener vínculos permanentes con los medios de comunicación social para dar cumplimientos a los objetivos de difusión de la labor legislativa del Parlamento Estadal.
- 2. Procesar toda comunicación, acuerdo o resolución del Consejo Legislativo del Estado Guárico.
- 3. Cumplir y archivar toda información de interés para el Consejo Legislativo, publicada en Prensa.
- 4. Garantizar el acceso de los medios de comunicación escritos, radiales y televisivos a las informaciones del parlamento.
- 5. Programar y organizar ruedas de prensa a solicitud del Presidente o Presidenta del Consejo Legislativo.
- 6. Mantener relaciones permanentes con organismos públicos y privados, asociaciones deportivas, culturales, nacionales y extranjeras y medios de comunicación social a los fines de la promoción de acciones conjunta y acercamiento.
- 7. Coordinar las relaciones del Consejo Legislativo con las comunidades sirviendo de enlace en la proyección y promoción de la imagen corporativa.
- 8. Elaborar folletos, boletines y otras publicaciones sobre el organismo.
- 9. Organizar y supervisar la realización de actos sociales, públicos y oficiales, en los cuales intervenga el Consejo Legislativo.
- 10. Asistir al Presidente o Presidenta en las actividades especiales, tales como conferencias, visita a los medios de comunicación y audiencias.
- 11. Organizar y coordinar conjuntamente con la Secretaría de Cámara, programas protocolares del Consejo Legislativo.
- 12. Las demás que le correspondan de acuerdo a la ley o le sean atribuidas por el Consejo Legislativo, la Junta Directiva y el Presidente o Presidenta del Consejo Legislativo.













